Acelerar los procedimientos de desahucio

El pasado mes de junio de 2013, la Ley 4/2013 de medidas de flexibilización y fomento del mercado de alquiler de viviendas, con la pretensión fundamental de acelerar los procedimientos de desahucio. Algunas de sus principales novedades respecto de la anterior legislación son las siguientes:

  • Necesidad de un previo requerimiento formal de pago al arrendatario (judicial o notarial).
  • Necesidad de inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad.
  • Posibilidad de cancelar el contrato inscrito en el Registro de la Propiedad aportando el requerimiento judicial o notarial al arrendador y acreditación de falta de respuesta en el plazo de 10 días o que el arrendatario se ha mostrado de acuerdo con la resolución.